Internet Sí es Prioritaria

June 5, 2008

¿Ahora Venezuela es de los sapitos?

Ley Sapo

Una propuesta que comienza a oírse por allí:

Referendo abrogatorio para Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia.

May 31, 2008

Puro, duro y desnudo

Entre los artículos del proyecto de reforma constitucional que mayor rechazo generaron se encontraron la serie de los artículos 337, 338 y 339, que nos quitaban el derecho al debido proceso, en la expresión más obvia del propósito central de la reforma: constitucionalizar la doctrina de seguridad nacional bolivariana. Una visión de Estado caracterizada por un acentuado militarismo, la vulneración de los principios del debido proceso y la organización de aparatos de Estado con funciones de control sobre el “enemigo interno“.

Cuando Rodríguez Chacín asumió el Ministerio de Interior y Justicia, e impuso la represión-preventiva como línea estratégica de la atención al problema de la delincuencia y la seguridad urbana dijimos que la concepción policial de la Constitución rojita entraba en vigencia.

Desde febrero: • La policía comenzó a tener un comando único, bajo el mando del gobierno central • La seguridad ciudadana y el orden interno están bajo coordinación militar • La Fuerza Armada comenzó a asumir directamente funciones policiales

En abril, el decreto presidencial vía habilitante de la Ley Orgánica del Servicio de Policía Nacional y del Cuerpo de Policía puso en Gaceta Oficial lo que ya estaba siendo ejecutado por Rodríguez Chacín. No había mucho más que comentar al respecto.

Este 28 de mayo salió en Gaceta Oficial la Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia. Our very own Homeland Security Act, our Venezuelan Patriot Act.

El Artículo 6 asigna las competencias al Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, entre otras cosas incluye:

Identificar, prevenir y neutralizar toda actividad interna o externa ejecutada por cualquier factor que pretenda atentar contra la seguridad, la soberanía nacional, el orden constitucional y las instituciones democráticas.

Es decir, casi cualquier cosa que usted se pueda imaginar que no le guste al gobierno.

El artículo 16 nos hace a todos sapos o todos underground (no perderse la película de Kusturica) bajo el estado policial:

Son Órganos de Apoyo a las actividades de inteligencia y contrainteligencia, las personas naturales y jurídicas, de derecho público y privado, nacionales o extranjeras, así como los órganos y entes de la administración pública nacional, estadal, municipal, las redes sociales, organizaciones de participación popular y comunidades organizadas, cuando le sea solicitada su cooperación para la obtención de información o el apoyo técnico, por parte de los órganos con competencia especial. Las personas que incumplan con las obligaciones establecidas en el presente artículo son responsables de conformidad con la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación y demás actos de rango legal y sublegal aplicables a la materia, en virtud de que dicha conducta atenta contra la seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación.

El punto de quiebre (del Estado de Derecho) es el artículo 20:

Todas las informaciones, documentos y objetos inherentes a la seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación, obtenidos en la actividad operativa y de investigación ejecutadas por los Órganos con Competencia Especial, tendrán el carácter procesal penal de diligencias necesarias y urgentes, sin estar sujetas a otras condiciones temporales o materiales establecidas en la ley. En el supuesto que las diligencias recaigan sobre hechos definitivos o irreproducibles, o exista temor fundado de su extinción o desaparición, o resulte inminente la comisión de un delito, dichas diligencias serán ejecutadas por los Órganos con Competencia Especial sin requerir orden judicial o fiscal alguna, a tal fin esta situación excepcional deberá ser justificada mediante acto motivado, en donde se exprese la presencia de alguna de las condiciones antes establecidas y que las referidas actividades operativas y de investigación son ejecutadas en resguardo de la Seguridad y Defensa de la Nación. Las resultas de las diligencias en referencias tendrán el carácter de prueba técnica y serán libremente incorporadas al proceso judicial pertinente, permitiéndose posteriormente la materialización del derecho a la defensa, en todas sus formas de expresión y específicamente al control de la prueba y al controvertido.

Algo así como un estado de excepción permanente. Sin las piezas fundamentales del derecho al debido proceso: eliminando la presunción de inocencia y eliminando el derecho a ser informado previamente de cualquier procedimiento judicial o policial en su contra.

Y el toque kafkiano.

En el artículo 21:

Cuando la integridad de la actividad operativa y de investigación de inteligencia y contrainteligencia requiera el mantenimiento de la confidencialidad o secreto sobre los indicios y pruebas preconstituidas, las mismas se mantendrán en tal estado y solo podrá ser levantada tal clasificación cuando la finalidad inherente a la seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación objeto de la investigación no se vea comprometida, procediéndose a su incorporación sobrevenida en la fase procesal oportuna y correspondiente, garantizando siempre el derecho a la defensa de los procesados.

Es decir que la defensa no puede conocer el sumario con la debida anticipación. En medio del juicio, los acusadores sacaran “una prueba” de su bolsillo trasero y más vale que sus abogados sean adivinos y tengan preparada la defensa para ese elemento “sobrevenido”.

Y en el artículo 25:

Las actividades, informaciones, documentos y objetos de inteligencia y contrainteligencia, son materia clasificada, cuyo contenido es de carácter confidencial o secreto, por ser inherentes a la seguridad interior y exterior, defensa y desarrollo integral de la Nación, cuando sea solicitado el acceso por parte de un interesado, tal clasificación le será informada mediante acto motivado.

Es decir que cuando usted pregunte de qué lo acusan, le van a decir que de algo muy malo que atenta contra la Nación pero no le pueden decir exactamente qué es eso tan malo que se supone que usted hizo porque eso es “confidencial y secreto” y revelar cosas “confidenciales y secretas” atenta contra la seguridad de la Nación.

Mátese por su propia lectura:

Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional

Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia

Y cuando lean, notaran que hay cero paja bolivariana, pseudo-socialista y anti-imperialista. A lo que venían, puro, duro y desnudo.

March 4, 2008

Tengo dos laptops

En Colombia, Naranjo tiene un laptop lleno de uranio para acabar con Chávez. En Venezuela, Rodríguez Chacín también tiene su laptop lleno de pruebas digitales contra narcos y paracos.

Yo tengo dos laptops. De uno puedo sacar el record histórico del Plan Colombia y de las intervenciones gringas en Latinoamérica. En el otro, le vamos acumulando el expediente al teniente coronel a quien le encanta ver combates por TV mientras otros ponen los muertos por él.

Mejor no le damos el gusto a ninguno de los dos bandos.

Mejor nos movilizamos por la paz en la región andina: la paz interna en Colombia con la desmovilización de la FARC; y la paz entre Ecuador, Colombia y Venezuela con el fin de la carrera armamentista y el retomar la construcción de la Comunidad Andina (a ver si recuperamos lo que Chávez nos ha hecho perder).

Si hace falta hasta cantamos vallenatos y joropos. Marchamos. Y le prendemos velas a Santo Lula, el mediador pragmático.

January 26, 2008

El gobierno rectifica: Ampárame, Rodríguez Chacín

1. Revisaron

Nombraron a Rodríguez Chacín como ministro de Interior y Justicia. Miembro del Comando Específico José Antonio Páez. Los sucesos de Caño Gaviota y “Los Amparitos” (Fila de Margua, Boca de Grita, Los Totumitos y El Vallado) están en su historia de vida. Los 14 pescadores asesinados en el Caño La Colorada están en su historia de vida.

2. Rectificaron

La seguridad ciudadana está ahora bajo la dirección de un veterano de los teatros de operaciones, formado en una doctrina de seguridad en la cual los derechos humanos no tienen cabida. Los signos de esta rectificación ya están en la calle: puntos de control policial móviles. Si usted anda a pie, en moto o en un carro de “mala presencia” es un presunto anti-social hasta que se compruebe lo contrario. Represión-preventiva como línea estratégica de la atención al problema de la delincuencia y la seguridad urbana. ¿Participación comunitaria? Sí, claro; los miembros de las comunidades participan en condición de “presuntos” y sospechosos. ¿Inteligencia social? Sí, claro; hay que ser inteligente para que policías y militares no te jodan mucho. ¿Tecnologías de información para coordinación y control policial? Bueno, basta de sarcasmo.

3. Reimpulsaron

  • La policía ya tiene un comando único, bajo el mando del gobierno central

  • La seguridad ciudadana y el orden interno están bajo coordinación militar

  • La Fuerza Armada asumirá directamente funciones policiales

La concepción policial de la rojita está en vigencia. No hace falta su constitucionalización.

Nada más nos salvamos de los estados de excepción. Por ahora.

October 27, 2007

Derecho a la defensa (de mis intereses)

¿Cómo afectan las decisiones de quienes controlan el poder mis intereses individuales y colectivos? Más o menos esa fue la pregunta que VH (uno de los participantes en el grupo virtu@lPOLITIK) invitó a hacernos. La conversación comenzó por el lado de los intereses económicos individuales, que ciertamente son relevantes para definir nuestras posiciones políticas, pero creo que no son más importantes que los valores y la pertenencia a colectivos. En estos dos aspectos se centran los planteamientos que reproduzco aquí (con unos cambios formales mínimos en la redacción):

(…)

Hay aspectos no-económicos que creo relevantes para determinar las posiciones políticas de la gente. Mientras que puedo poner en práctica algunas estrategias personales para superar los efectos negativos de las políticas chavistas en mi situación económica privada, no me resulta fácil construir estrategias para protegerme problemas que son de naturaleza pública y que me afectan como parte de la ciudadanía. Por ejemplo, un tema que a mí me toca muy intensamente es el de la violencia estructural en los espacios públicos.

Hace poco más de una semana, a eso de las 5:30 o 6:00 p.m. viví una de esas situaciones de victimización debido a la violencia estructural en los espacios públicos que son cotidianas para los caraqueños. Iba con mi hijo de 3 años (sentado en el asiento trasero) por la autopista Francisco Fajardo en dirección a mi casa (los caraqueños conocen la cola de la hora y lugar). En cierto momento comencé a respirar el smog, comprobé que el AC estaba reciclando el aire en el vehículo y no tomando aire del exterior. Volteé. Efectivamente, mi hijo había bajado el vidrio de su ventana. Horror. A mi lado ya había visto pasar motorizados con fusiles, algunos con ropa del ejército y otros de civil (como ustedes sabrán que es habitual en la Fajardo a esa hora; aunque yo no sepa que se suponen que hacen esos hombres armados con fusiles en la Fajardo). Siempre siento aprehensión de que empiecen a disparar y nos ganemos una de esas balas El horror ante la ventana de mi hijo abierta no se debía a los motorizados con fusiles, no tengo vidrios blindados, así que poco importa si la ventana está abierta o cerrada, a la hora en que a ellos se les ocurra disparar. El horror en esta ocasión tenía más que ver con los atracos, que también son habituales a esa hora en el tramo de la Fajardo que va de La Planta al Jardín Botánico o de Parque Central a Quinta Crespo, según el sentido; uno se rifa las pertenencias y la vida si baja el vidrio en ese sector (uno ha sido testigo de esos atracos y no necesita los videos que transmite Globovisión para saber que ocurren, justo allí, justo a esa hora). Sé que los hombres con fusiles no están allí para defendernos. Mi hijo se reía de mi mandato de subir la ventana y me empezaba a desesperar. De repente, decidió subir el vidrio. Me relajé y volví a concentrar mi mirada hacia delante (no más manejar de perfil, en un esfuerzo por no perder de vista el carro de adelante y de que mi hijo viera mi cara seria, mientras le mandaba que subiera el vidrio). Al mirar hacia delante, vi al hombre alto, flaco y desarrapado, inclinarse hacia la ventana de un carro unos metros delante de mí, en el canal de al lado. Pasó justo delante de mí, con una bolsa plástica que obtuvo de ese carro y se metió hacia el Guaire, donde están los ranchos más miserables que se pueden concebir.

En síntesis, el chavismo vulnera mis intereses cuando me obliga a vivir en estas condiciones de violencia estructural: miseria extrema, criminalidad sin control, bandas armadas, vías colapsadas, contaminación ambiental. El chavismo no hace nada para defender mis intereses como parte del colectivo de los usuarios de la autopista Francisco Fajardo. Y la función social que debe cumplir el gobierno es atender este tipo de intereses colectivos; es a cambio de eso que delegamos en ellos el ejercicio del poder político (al menos idealmente).

Pero, más allá de estos problemas objetivos que me ponen en conflicto de intereses con el chavismo, mi oposición al chavismo tiene base en valores; para mí la violencia simbólica y la cultura militarista que representa el chavismo es una agresión constante que limita mi libertad, mis derechos ciudadanos y mi calidad de vida. Es para mí una necesidad vital buscar vías para la defensa colectiva frente a esa violencia simbólica y esa cultura militarista del chavismo, así como tratar de pensar alternativas a la situación de violencia estructural que sufrimos todos.

Aquí volvemos al tema del artículo 337 y de la doctrina militar bolivariana presente en la reforma constitucional. ¿Cómo esto afecta mis intereses? Los afecta directamente puesto que mi oposición a la cultura militarista del chavismo me coloca dentro del conglomerado de individuos que pueden ser considerados parte del “enemigo interno” al cual estarían dirigidos los mecanismos represivos que están tratando de ser constitucionalizados con esta reforma. De hecho, formo parte de un colectivo que ha sido identificado por funcionarios del gobierno como “enemigos de la revolución” o “basura”: el colectivo de los profesores de las universidades nacionales. Asimismo, la mayor parte de mis amigos pertenecen a este o a otros tres colectivos que también han sido identificados como potenciales enemigos internos: los periodistas, los activistas de las organizaciones de derechos humamos y los estudiantes universitarios.

Siendo transparentes, podemos decir, que defiendo mis intereses y los intereses de mis grupos de afiliación cuando me opongo a la constitucionalización del militarismo chavista.

Ejerzo mi derecho a la defensa, mientras puedo.

De la serie realizada por José Arocha. (Licencia CC: Atribución, compartir igual).

October 20, 2007

Trapo rojo

Es necesario que la gente entienda que la medula del proyecto constitucional es “la doctrina militar bolivariana” no el socialismo del siglo XXI (la constitución llama socialista a todo, pero casi nada de lo planteado es verdaderamente socialista cuando lo sometemos al análisis).

El punto central de la reforma (desde mi lectura) es el artículo 328:

La Fuerza Armada Nacional Bolivariana constituye un cuerpo esencialmente patriótico, popular y antiimperialista, profesional y sin militancia partidista, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación, defenderla de cualquier ataque externo o interno y asegurar la integridad del espacio geográfico mediante el estudio, planificación y ejecución de la doctrina militar bolivariana, la aplicación de los principios de la defensa integral y la guerra popular de resistencia, la cooperación en tareas de mantenimiento de la seguridad ciudadana y del orden interno, así como la participación activa en planes para el desarrollo económico, social, científico y tecnológico de la Nación, de acuerdo con esta Constitución y la ley.

Leámoslo bien. Este artículo queda complementado con el artículo 329 en el cual se le asignan explícitamente funciones policiales (sobre la población civil) a la Fuerza Armada Nacional. (Revisen lo que han dicho al respecto organizaciones para nada sospechosas de ser agentes de “la derecha pagada por la CIA” como el Foro por la Vida y el Partido Comunista de Venezuela.)

Veamos el rol de la Fuerza Armada y las disposiciones sobre estados de excepción en el conjunto del proyecto global. Tomemos nota también de que el artículo 236 le otorga al Presidente control total sobre los contingentes y los ascensos militares (atribuciones que anteriormente correspondían al órgano legislativo nacional) y sobre los cargos y funciones de todos los oficiales (atribuciones que anteriormente tenían los comandantes de fuerza). El mismo artículo 236 le otorga al Presidente la facultad de declarar estados de excepción sin pasar siquiera por discusión en el Consejo de Ministros; el artículo 338 elimina los lapsos máximos para la vigencia del Estado de excepción y el artículo 339 le quita a la AN la facultad de levantar el estado de excepción, eso sólo podrá hacerlo el Presidente cuando le dé su real gana. Adicionalmente, el artículo 11 mete de contrabando en el ordenamiento del territorio la facultad presidencial de crear Regiones Especiales Militares y de decretar autoridades especiales cuando y donde lo considere conveniente. (Una selección de los artículos más relevantes para hacer ese análisis está en la presentación Rojita. La Constitución Chavista.)

Veamos también los antecedentes de actuación del Estado venezolano sobre la vigencia de los derechos humanos en situación de emergencia o de conflictos políticos durante el gobierno de Chávez.

Recordemos el caso de la tragedia de Vargas, en el cual se aprovechó la declaración de emergencia para que efectivos de la GN, el Ejército y la DISIP realizaran ataques comando en los barrios del litoral central, realizaran ejecuciones extra-judiciales y desaparecieran personas sospechosas de actividades delictivas. Revisemos los argumentos de defensa del gobierno de Venezuela en la Corte Interamericana de DDHH en todos los casos que se siguen en contra de nuestro país (incluidos algunos ocurridos en gobiernos anteriores como el caso 27F) para que vean con qué se comen los derechos humanos en el marco de la doctrina de seguridad bolivariana (Nota aclaratoria: del bolivarianismo chavista no de Simón Bolívar).

Recordemos lo sucedido recientemente con los jóvenes que participaban en las manifestaciones estudiantiles quienes fueron pasados directamente a tribunales, donde se les impuso régimen de presentación y en algunos casos se les obligó a firmar documentos para renunciar a ejercer su derecho a la protesta. Estas medidas no sólo fueron aplicadas a manifestantes detenidos en flagrancia sino a jóvenes que tenían el mismo “perfil” socio-educativo, detenidos a la entrada de centro comerciales (El Tolón) y enfrente de sus casas (El Cafetal y Montalbán, zonas de clase media, por cierto, no las zonas en dónde viven los verdaderos “niños ricos” de este país, por si acaso usted cree que se justifica joder de vez en cuando a los chamos ricos por el delito de que sus padres tengan dinero y los nuestros no). Las sanciones de régimen de presentación y renuncia por escrito al derecho a la protesta fueron aplicadas incluso a menores de edad.

La criminalización del derecho a la protesta con sanciones de detención sin juicio en instalaciones policiales, imposición de régimen de presentación y presiones para obligar a renunciar al derecho a la protesta también han sido aplicada a dirigentes comunitarios que han encabezado acciones de cierre de vías por reclamos de servicios públicos. El caso de represión de la protesta comunitaria más sistemático parece ser el de la Cota 905, pero hay muchos otros en la Gran Caracas y en el interior del país.

(Mientras tanto, los responsables del golpe de abril salieron del país en su mayoría, el general Lucas Rincón continuó ocupando cargos públicos, se “perdieron” las evidencias de la masacre del 11 abril, no hay investigaciones sobre lo ocurrido entre el 11 y el 15 de abril de 2002.)

¿Adivinan quienes ven a ser los primeros jodidos con la eliminación del debido proceso en estados de excepción y la militarización del control del orden público interno? Adivinaron: los estudiantes y los dirigentes comunitarios.

¿Es el nuevo artículo 337 un trapo rojo?

Si así lo crees, déjate clavar el chuzo.

Trapo rojo es ese asunto de la eliminación de la propiedad privada.

¿O ustedes de verdad creen que Diosdado Cabello, Rafael Ramírez, Adelis Chávez, Acosta Carles, Rangel Avalos, Adán Chávez y tantos militares y dirigentes rojo-rojitos van a dejarse quitar las propiedades que con tanto esfuerzo han acumulado durante estos 8 años?

De la serie realizada por José Arocha. (Licencia CC: Atribución, compartir igual).

October 17, 2007

Rojita: hiperpresidencialista & militarista

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Notas previas